El Senado aprueba definitivamente la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social
FUENTES, Las detalladas a continuación. http://www.lamoncloa.gob.es
http://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/mempleo/Paginas/2015/250815-autonomos.aspx
El Senado aprueba definitivamente la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social
Martes,
25 de agosto de 2015
Pool Moncloa
La
Comisión de Empleo ha aprobado definitivamente la Ley para el fomento del
trabajo autónomo y la economía social e impulsar el emprendimiento. La norma
modifica y actualiza toda la normativa en materia de autoempleo y adopta
medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.
La ministra de Empleo y Seguridad Social ha valorado que
"la aprobación de esta Ley, junto con los esfuerzos de los emprendedores,
permitirá que el autoempleo pueda crecer en 550.000 personas hasta 2019."
El proyecto de ley de Autónomos y Economía Social modifica y
actualiza la normativa en materia de autoempleo. Los diferentes incentivos en
vigor que hasta ahora se encontraban dispersos en diversas normas se recogerán
en un único texto que se incluirá en el título V de la Ley 20/2007, de 11 de
julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo; y en la Ley 5/2011, de 29 de marzo,
de Economía Social.
La nueva Ley amplía además algunos incentivos ya existentes a
otros colectivos y pone en marcha nuevas medidas para impulsar el autoempleo,
ya sea individual o colectivo, y para apoyar el trabajo autónomo y la Economía
Social.
Ampliación de la Tarifa Plana
En relación con la Tarifa Plana para Autónomos, la nueva Ley
fija la cuantía de la cuota por contingencias comunes en 50 euros exactos
durante seis meses; amplía el incentivo a los autónomos que inicien una
actividad por cuenta propia y con posterioridad contraten a trabajadores por
cuenta ajena, y extiende los supuestos de la Tarifa Plana Especialmente
Protegida a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género. Además,
tanto en el caso de las personas con discapacidad, como en el de las víctimas de
terrorismo o violencia de género, la reducción de la cotización se amplía hasta
12 meses.
Segunda oportunidad
El nuevo proyecto de Ley extiende, con independencia de la edad
del solicitante, la posibilidad de capitalizar hasta el 100% de la prestación por
desempleo para facilitar la inversión y los gastos iniciales para emprender una
actividad por cuenta propia. De esta forma, la prestación por desempleo se
podrá utilizar capitalizando el 100% en un único pago, capitalizar solo
una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la Seguridad Social, o
bien destinando el total de la prestación al abono de las cuotas sociales.
Además, los mayores de 30 años podrán compatibilizar durante un
máximo de 270 días la prestación por desempleo con el alta en el RETA,
posibilidad hasta ahora reservada únicamente a los menores de 30 años. Para
favorecer la seguridad del emprendedor y facilitarle una segunda oportunidad,
se amplía el plazo, desde los 24 hasta los 60 meses para la reanudación de la
prestación por desempleo una vez iniciada una actividad por cuenta propia a
todos los trabajadores con derecho a prestación.
Refuerzo de los mecanismos de protección de los autónomos.
La nueva Ley introduce la posibilidad de que los autónomos
económicamente dependientes, aquellos que perciben al menos el 75% de sus
ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar un trabajador en
determinadas circunstancias relacionadas con la conciliación de la vida
familiar y laboral.
Esto permitirá, entre otras cosas, evitar situaciones no
deseables que ahora la ley del Estatuto del Trabajo Autónomo permite como el
hecho de que se llegue a considerar una causa justificada de extinción
contractual la maternidad o paternidad cuando cause un perjuicio importante al
cliente.
Asimismo, se amplían los incentivos previstos para los
familiares colaboradores que podrán beneficiarse de una bonificación en las
cuotas de la Seguridad Social en RETA durante 24 meses: del 50% los primeros 18
meses y del 25% durante los seis meses adicionales.
Economía Social
Con el objetivo de facilitar la incorporación de nuevos socios
a las entidades que forman parte de la Economía Social, el nuevo proyecto de
Ley amplía las bonificaciones a todos los tramos de edad. Para los mayores de
30 años (35 con discapacidad igual o superior al 33%) se crea una bonificación
de 800 euros al año durante un máximo de tres.
En el caso de menores de 30 años, la cuantía de la bonificación
se amplía a 1.650 durante el primer año. Por su parte, las empresas de
inserción que contraten a personas en situación de exclusión social mantienen
una bonificación de 850 euros al año durante un máximo de tres. (1.650 si son
menores de 30 años o de 35 con discapacidad reconocida del 33%).
La nueva ley pretende, igualmente, apoyar a los trabajadores con
mayores dificultades para incorporarse al mercado laboral, por lo que recoge
una nueva bonificación en las cuotas empresariales para los trabajadores de
empresas ordinarias que procedan de empresas de inserción. De esta forma, las
empresas ordinarias verán ampliada la bonificación prevista actualmente a 1.650
euros el primer año, frente a los 600 previstos en la actualidad (o 500 en caso
de contratos temporales).
Además, en el nuevo texto se reconoce a los Centros Especiales
de Empleo y a las Empresas de Inserción como entidades prestadoras de servicios
de interés económico general. Ello les permitirá ampliar hasta los 500.000 € la
cuantía que pueden recibir en concepto de subvenciones en un período de tres
años.
Por último, la Ley introduce la participación de las empresas de
inserción en los procedimientos de adjudicación de contratos con reserva de
participación en el sector público (reserva de mercado), algo que hasta ahora
se limitaba a los Centros Especiales de Empleo.
Además, se establece que mediante acuerdo del Consejo de
Ministros o a través del órgano competente en el ámbito de las Comunidades
Autónomas y de las Entidades Locales, se fijarán porcentajes mínimos de reserva
del derecho a participar en los procedimientos de adjudicación de determinados
contratos o de determinados lotes de los mismos a Centros Especiales de Empleo
y a empresas de inserción.
PARECE UNA NOTICIA INTERESANTE PARA LOS ATUNOMOS EN ALGUNOS CASOS.- Bueno no todo tiene que ser malo (al menos aparentemte parece que puedam ser bueno)